La convocatoria para la licitación de las frecuencias AM y FM estará disponible a final de agosto.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) anunció que a partir de 30 de agosto y hasta el 10 de septiembre de 2021, estará abierta la convocatoria par la licitación de 319 nuevas frecuencias radiales en AM y FM, mismas que podrán utilizarse con fines comerciales.
Se trata de 234 frecuencias en el segmento de 88 a106 MHz (FM) y de 85 frecuencias del segmento de 535 a 1,605 kHz (AM). El IFT detalló que estas señales son para la prestación del Servicio Público de Radiodifusión Sonora (Licitación IFT-8) en 29 entidades federativas del país.
“Las frecuencias contenidas en la Licitación IFT-8 son el resultado de la emisión de los Programas Anuales de Bandas de Frecuencias (PABF) 2016 a 2019, más las incluidas en el Programa 2015 que fueron licitadas anteriormente, pero que recibieron ofertas y quedaron desiertas”. Añadió el instituto.
¿Cómo y dónde registrarse para participar en la licitación?
El Instituto comentó que será a partir del 30 de agosto cuando las personas físicas o morales interesadas puedan registrarse a la licitación con facilidad. Esto a través de su portal de Internet www.ift.org.mx. Por supuesto, siempre y cuando cumplan con los requisitos señalados en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Se darán incentivos para la licitación de las frecuencias
Para que haya más personas interesadas en participar en la licitación de las frecuencias, el IFT anunció que otorgará incentivos que van del 15 % para los nuevos competidores en radiodifusión (radiodifusión sonora AM, radiodifusión sonora FM y televisión radiodifundida digital), o 10 % a los nuevos competidores en AM o FM.
El IFT puntualizó que dichos incentivos se aplicarán sobre el monto de las ofertas de los participantes. Así como también considerarán un estímulo optativo del 5 % sobre la oferta ganadora para operar la estación de radio en formato híbrido analógico-digital (estándar IBOC).
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Quienes se decanten por este incentivo tendrán un plazo de 3 años (con posibilidad de extensión) para comenzar a operar de forma híbrida, a partir de recibir los títulos de concesión correspondientes y necesitará permanecer en funcionamiento durante el tiempo que dure la concesión.